
Sacar las cesantías ya puede ser motivo de despido con justa causa si no se cumplen estas reglas
La Corte Suprema respaldó esta decisión tras el caso de un empleado que se gastó este ahorro sin explicar cómo.
Retirar anticipadamente las cesantías para un fin autorizado y luego no demostrar en qué fueron utilizadas puede terminar incluso con la pérdida del empleo. Así lo dejó claro la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia al confirmar el despido con justa causa de un trabajador que retiró $100 millones para la compra de vivienda, pero nunca acreditó el destino de esos recursos, pese a los reiterados requerimientos de su empresa.
La decisión fija un precedente para trabajadores y empleadores sobre el manejo de los retiros parciales de cesantías, al establecer que la responsabilidad de vigilar el uso de estos recursos no recae únicamente sobre la empresa. El alto tribunal concluyó que quien solicita un retiro anticipado también debe demostrar que el dinero fue destinado al propósito autorizado, pues de lo contrario puede enfrentar consecuencias laborales.
El caso analizado por la Corte comenzó en septiembre de 2018, cuando un trabajador con 37 años de antigüedad recibió la aprobación para retirar parcialmente $100 millones de sus cesantías con el objetivo de comprar vivienda, uno de los usos permitidos por la legislación laboral. Sin embargo, con el paso de los meses nunca presentó los soportes que acreditaran que el dinero había sido utilizado para ese fin.
La Corte recordó que el destino de las cesantías debe poder demostrarse
Según la sentencia, la empresa requirió en varias oportunidades al trabajador para que justificara el destino de los recursos retirados. Al no obtener respuesta, inició en mayo de 2019 una investigación disciplinaria y lo citó a rendir descargos. Pese a esas actuaciones, el empleado guardó silencio y tampoco presentó la documentación solicitada para acreditar el uso de las cesantías.
Un mes después del inicio de ese procedimiento disciplinario, la compañía decidió terminar el contrato de trabajo. El empleado acudió entonces a la justicia laboral al considerar que el despido había sido injustificado y que durante la investigación se había vulnerado su derecho al debido proceso. Además, solicitó que se ordenara su reintegro al cargo que ocupaba.
Tanto los jueces de primera como de segunda instancia respaldaron la actuación del empleador, una posición que finalmente fue ratificada por la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia. El alto tribunal concluyó que la empresa actuó conforme a las normas laborales y descartó que se hubiera desconocido el debido proceso del trabajador.
El deber de control también recae sobre las empresas
Uno de los principales alcances de la sentencia es que define la responsabilidad compartida sobre los retiros anticipados de cesantías. La Corte precisó que el trabajador debe demostrar que los recursos fueron utilizados para el propósito autorizado, mientras que el empleador tiene la obligación de ejercer control sobre esa destinación y verificar que el dinero cumpla el objetivo para el cual fue solicitado.
La corporación advirtió que el incumplimiento de esas obligaciones genera consecuencias para ambas partes. Si el trabajador no acredita el uso correcto de las cesantías retiradas anticipadamente, puede exponerse a la terminación del contrato por justa causa, conforme a las disposiciones del Código Sustantivo del Trabajo. En cambio, si el empleador omite ejercer ese control, podría perder las sumas entregadas sin posibilidad de reclamar posteriormente su devolución.
Otro de los elementos valorados por la Sala Laboral fue la trayectoria del trabajador dentro de la organización. En este caso, el empleado acumulaba 37 años de servicio, circunstancia que, según el fallo, hacía «más exigibles los deberes de lealtad y buena fe» que deben orientar la relación laboral entre las partes.
La sentencia también aclaró cuándo empieza el proceso disciplinario
Durante el proceso judicial, el trabajador sostuvo que la empresa había iniciado demasiado tarde la investigación disciplinaria y que ello desconocía el principio de inmediatez. Sin embargo, la Corte rechazó ese argumento y aprovechó la decisión para precisar el alcance de esa garantía dentro de este tipo de actuaciones relacionadas con retiros parciales de cesantías.
La Sala Laboral explicó que el principio de inmediatez no se vulnera cuando el empleador primero solicita al trabajador justificar el destino de los recursos antes de abrir una investigación formal. Según la decisión, el término para iniciar el proceso disciplinario comienza a contarse desde el momento en que la falta queda plenamente configurada y no desde la fecha en que fueron entregadas las cesantías.
Con este criterio, la Corte Suprema confirmó que la actuación de la empresa fue oportuna y reiteró que el control sobre el uso de las cesantías constituye una obligación compartida. El precedente deja un mensaje para quienes solicitan retiros anticipados de estos recursos: además de cumplir el destino autorizado, deberán conservar la forma de demostrarlo si el empleador o las autoridades laborales llegan a requerir esa información.