Impuesto al patrimonio tendría nuevo límite en Colombia: quiénes pagarían menos con la Ley de Rescate

La iniciativa elevaría el umbral a cerca de $5.002 millones y contempla reducciones en los pagos.

El impuesto al patrimonio tendría cambios importantes en Colombia si el Congreso aprueba la Ley de Rescate Económico presentada por el Gobierno de Abelardo De La Espriella.

La iniciativa propone elevar de 72.000 a 95.500 unidades de valor tributario (UVT) el patrimonio líquido mínimo para estar obligado a pagar este tributo, además de reducir las tarifas marginales y establecer una vigencia limitada entre 2027 y 2030. La modificación podría beneficiar a distintos contribuyentes.

Actualmente, el impuesto se aplica a partir de las 72.000 UVT, equivalentes a cerca de $3.771 millones con el valor de la UVT de 2026, fijado en $52.374. Con el cambio planteado, el nuevo umbral llegaría a aproximadamente $5.002 millones, lo que representa un incremento de alrededor de $1.231 millones frente al límite vigente.

Esto significa que las personas cuyo patrimonio líquido se encuentre entre los dos umbrales podrían quedar por fuera del impuesto si la propuesta supera su trámite legislativo. Se trata de contribuyentes que actualmente superarían el mínimo exigido para pagar, pero que no alcanzarían las 95.500 UVT planteadas por el Ejecutivo para comenzar a causar el tributo desde el año gravable 2027.

El patrimonio líquido corresponde al resultado de restar las deudas y obligaciones reconocidas al valor de los bienes y derechos de una persona. En ese cálculo se consideran activos como propiedades, vehículos, ahorros e inversiones, junto con los pasivos que correspondan. Por eso, el valor comercial de un inmueble o el dinero disponible en una cuenta bancaria no determinan por sí solos la obligación de pagar este impuesto.

¿Cuánto bajaría el impuesto al patrimonio con la Ley de Rescate?

El proyecto también plantea modificar las tarifas que se aplican a los contribuyentes que superen el nuevo límite. La estructura propuesta tendría una tarifa marginal de 0,5% para el tramo comprendido entre 95.500 y 145.500 UVT, y de 1% para el patrimonio líquido que exceda las 145.500 UVT. Por debajo del primer umbral, la tarifa sería de cero.

Con la UVT de 2026 como referencia, esos límites equivaldrían aproximadamente a $5.002 millones y $7.620 millones, respectivamente. La propuesta reduciría así la estructura actual, que contempla tarifas de 0,5%, 1% y una tarifa de 1,5% de carácter transitorio. El cálculo sería marginal, por lo que cada porcentaje se aplicaría sobre el tramo correspondiente y no sobre la totalidad del patrimonio.

Según un análisis de Brigard Urrutia citado por La República, para una persona con un patrimonio líquido de $50.000 millones, el impuesto pasaría de $636,6 millones a $436,9 millones, lo que representaría una reducción de $199,7 millones frente al esquema actual.

La comparación también muestra disminuciones para otros niveles patrimoniales. En el caso de una persona con $20.000 millones, el pago bajaría de $186,6 millones a $136,9 millones; para un patrimonio de $12.000 millones, pasaría de $69,2 millones a $56,9 millones. Mientras tanto, en uno de $8.000 millones, la obligación se reduciría de $29,2 millones a $16,9 millones.

Impuesto al patrimonio sería temporal y tendría vigencia hasta 2030

Otra modificación contemplada en la Ley de Rescate es limitar la duración del impuesto. Mientras actualmente tiene carácter permanente, el Gobierno propone que se aplique durante los años gravables 2027, 2028, 2029 y 2030. De aprobarse en los términos presentados, el impuesto dejaría de aplicarse a partir de 2031, una modificación adicional al cambio de umbrales y tarifas.

La iniciativa también incluye mecanismos de normalización tributaria. Uno de ellos establece una tarifa de 15% para contribuyentes que tengan activos omitidos o pasivos declarados como inexistentes al primero de enero de 2027. El plazo propuesto para acogerse a este mecanismo sería hasta el 30 de junio de ese año, con la posibilidad de regularizar los activos y actualizarlos a valores de mercado.

Para los criptoactivos omitidos, el proyecto plantea una tarifa de normalización de 5%, mediante la revelación de cuentas, billeteras y posiciones. También establece que, si un token representa otro activo, conservaría el tratamiento tributario de ese bien. Según la propuesta, su venta no sería renta de fuente nacional y las variaciones de valor tendrían efectos fiscales al momento de la venta.

El proyecto de Ley de Rescate Económico, radicado ante la Cámara de Representantes el 29 de octubre de 2026, ahora debe su trámite y votación en el Congreso. Por tanto, los umbrales, las tarifas y los mecanismos de normalización podrían modificarse durante la discusión legislativa. Mientras no exista una reforma aprobada y vigente, continúan aplicándose las reglas actuales del impuesto al patrimonio.